lunes, 29 de febrero de 2016

Garantizar los Derechos y Deberes delos niños y niñas de educación primaria



   La Convención sobre los Derechos del Niño:
   
    Refuerza la dignidad humana fundamental debido a la aceptación casi universal de la comunidad de naciones, la Convención sobre los Derechos del Niño ha servido para llamar la atención por primera vez sobre la dignidad humana fundamental de todos los niños y la necesidad urgente de asegurar su bienestar y su desarrollo. Considerado el instrumento jurídico más poderoso para el reconocimiento y la protección de los derechos humanos de los niños, la Convención se sustenta en la siguiente combinación única de virtudes.
                        
 BASAMENTO LEGAL
Bajo esta perspectiva,  es necesario orientarse hacia su naturaleza jurídica que se relaciona con el tema en estudio en algunos  artículos. Entre ellos están las siguientes Leyes:
  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV)
  • Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNA)
  • Ley Orgánica de Educación ( LOE)
  • Ley  Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
  • Ley para Protección de la Familia, la Maternidad y la Paternidad.
  • Resoluciones Ministeriales



La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA)

 Es una ley orgánica que tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías que a través de la Protección Integral que el Estado, la familia y la Sociedad deben brindarle desde el momento de su concepción




 LOPNA no es un instrumento que anula la autoridad de los docentes, sin embargo, algunos padres, representantes y también docentes malinterpretan esta Ley. En la mayoría de los planteles los educadores y orientadores denuncian que la LOPNA es un arma de doble filo, ya que existe una conducta  de que los niños niñas y adolescentes pueden realizar cualquier actividad sin ser amonestados, en este sentido, la autoridad Educativa del Estado manifestó la necesidad de que los educadores deben conocer más la Ley para que ésta les ayude a corregir y fortalecer el proceso de formación.
         

       IMPORTANCIA
          La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, como la LOPNA,  establecen que niñas, niños y adolescentes son sujetos plenos de derechos, por lo cual se les confiere el ejercicio progresivo de la ciudadanía que implica gozar de derechos y responder por los deberes que tal disfrute significa. Sin embargo, se observa que las transformaciones producidas por el descontrolado crecimiento de la población,la implementación de las nuevas tecnologías de la información y comunicaciones, la desintegración familiar, entre otros aspectos, el desarrollo del niño en la sociedad venezolana ha sido impactado. Expresión de ello son los cada vez más continuos hechos de violencia, actos ilegales cometidos por niños, niñas y adolescentes.

                                          
 Por su parte la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reza lo establecido para una sociedad democrática, participativa y protagónica, en un estado de justicia, federal y descentralizada, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la Ley para estas y las futuras generaciones, para así asegurarse el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación. 



La Nueva Escuela

  • La Escuela, espacio para la producción y la productividad: orienta la formación en el valor trabajo, fortalece la práctica productiva escolar con la filosofía de “aprender haciendo y enseñar produciendo”.
  • La Escuela, espacio para la paz: orienta el desarrollo de los valores de paz, tolerancia, diálogo, convivencia y solidaridad en los espacios escolares y su entorno.
  • La Escuela, espacio de formación integral: orienta la discusión curricular con pertinencia social; integra a la comunidad y al lugar a los procesos pedagógicos y los incorpora como parte de la formación integral. La investigación, la elaboración y ejecución de proyectos la hacen productora de conocimientos para la transformación.
  • La Escuela, espacio de creación y creatividad: orienta el desarrollo del intelecto, de la salud física, de la voluntad de hacer. Propicia la correspondencia entre mente-manos-cuerpo y espíritu. El trabajo creativo e innovador, así como la creación, son estimulados como componentes esenciales del desarrollo del ser humano. Se desarrolla sobre la base de la capacidad creadora y de los saberes populares.
  • La Escuela, espacio de salud y vida: orienta la prevención, protección y defensa de la salud como derecho humano.



En Venezuela el sistema educativo se fundamenta en los justificativos ético - políticos plasmado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,basado en la flexibilización curricular y otros contenidos desarrollados en diferente leyes, entre otras, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), que demanda la participación e innovación de todos los sectores involucrados en el desarrollo de los niños y adolescentes.




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